Asunción de la Virgen

El 15 de agosto, feriado religioso nacional por la Ley 2.977.

Fechas

El 15 de agosto la Iglesia católica celebra la Asunción de la Virgen María. En Chile es feriado legal por la Ley 2.977.

No es irrenunciable y no se traslada: se descansa siempre el 15 de agosto.

Preguntas frecuentes

¿Es irrenunciable el feriado de Asunción de la Virgen?

No. Es feriado legal, pero no irrenunciable: el comercio puede abrir. Los únicos irrenunciables son el 1 de enero, el 1 de mayo, el 18 y 19 de septiembre y el 25 de diciembre.

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